Nuevas ayudas a los autónomos para pagar el alquiler de sus locales.

La Junta de Andalucía ha aprobado una medida pionera y ayudará a los autónomos a pagar el alquiler de sus locales. Podrán cobrar 1.200 euros si tienen un negocio de ocio nocturno o infantil o 900 euros si pertenecen a cualquier otro sector.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el pasado martes un plan de ayuda de nueve millones de euros destinado a mitigar los efectos de la pandemia y las restricciones entre los trabajadores autónomos. El plan consta de dos líneas de actuación dirigidas al pago del alquiler de los establecimientos donde los trabajadores por cuenta propia desarrollen su actividad. Es una medida pionera y que viene a mitigar uno de los grandes problemas que tienen muchos autónomos desde que comenzó la pandemia. No pueden hacer frente al alquiler de sus locales si la facturación ha caído un 60% de media, según afirman algunas encuestas, o continúan cerrados como sucede con el ocio nocturno o con los negocios dirigidos a niños.

El presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno, anunció la puesta en marcha de este Decreto Ley con carácter extraordinario que, según aseguró, podría beneficiar a más de 9.400 autónomos. Además, desde el Ejecutivo andaluz explicaron que el presupuesto se podrá ampliar posteriormente en caso de que se agote la ayuda y sin necesidad de abrir nuevas convocatorias de incentivos. Esta iniciativa es importante porque, ante la situación que están viviendo miles de autónomos, algunas ayudas tienen una alta demanda y se agotan al poco tiempo de ser convocadas.

El plazo para presentar las solicitudes es de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria de esta ayuda económica  en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Es decir, tal como aseguró Susana Romero, directora general del trabajo autónomo en Andalucía, «si no falla nada, el extracto se publicará este jueves y, por tanto, la ayuda se podrá solicitar desde el viernes día 2 de octubre, hasta el próximo 30 de octubre».

1.200 euros para autónomos del ocio nocturno e infantil

El plan de la Junta de Andalucía consta de dos líneas de actuación. Una de ellas está destinada a los autónomos persona física de cualquier sector y otra, más específica , para dos de los sectores más afectados por las restricciones del Covid-19, como son las actividades del ocio nocturno e infantil.

De esta forma, esta última línea constará de dos millones de euros destinados exclusivamente a los negocios del ocio nocturno, como discotecas, pubs y bares musicales y establecimientos recreativos infantiles. Así, estos trabajadores por cuenta propia podrán optar a ayudas para el pago del alquiler de sus locales de 1.200 euros por beneficiario.

Los beneficiarios de esta línea de ayudas son también los sectores más afectados por las restricciones. Por ello, contarán con una cuantía superior al resto de actividades,  ya que, «se trata de negocios que, en su mayoría, se han visto obligados a cerrar desde el inicio de la pandemia», puntualizaron desde la Junta.

900 euros para el alquiler a los demás sectores

Por su parte, la otra línea de ayudas, dotada con un presupuesto de siete millones de euros, irá dirigida a los autónomos de los demás sectores que precisen hacer frente al pago del alquiler del local en el que desarrollen su actividad. Estos trabajadores podrán obtener ayudas de hasta 900 euros por beneficiario

«La ayuda al alquiler será de una cuantía de 900 euros para los autónomos persona física de cualquier otro sector, siempre que el alquiler afecte a su actividad», explicaron desde el organismo. 

De esta forma, y tal como aseguraron desde la Junta de Andalucía, los trabajadores autónomos con un establecimiento no perteneciente a los sectores de ocio nocturno y ocio infantil, también tendrán ayudas para el alquiler dirigidas a paliar el daño de la pandemia del coronavirus.

Son compatibles con otras ayudas

Las ayudas que facilitará la Junta a sus autónomos son compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones o entes públicos o privados, regionales, nacionales e internacionales.

Sin embargo, no lo son en el caso de que la ayuda que estén percibiendo esté relacionada con los alquileres de los locales donde llevan a cabo su actividad. Por tanto, en el caso de resultar beneficiario de otra ayuda relativa al pago del alquiler de su negocio, el autónomo deberá optar por una de ellas, renunciando a la otra.

Requisitos de acceso a la subvención

  • Los autónomos tienen que tener el domicilio social en Andalucía.
  • Deben estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a fecha 14 de marzo y que mantengan el alta cuatro meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas.
  • Que en el ejercicio fiscal de 2019, las bases liquidables general y de ahorro en el IRPF no superen 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 -41.357,74 euros- si presentan declaración individual o 7 veces el IPREM -52.637,13- si es conjunta.
  • Ser arrendatarios del local del negocio en el que desarrollen su actividad. Además, será obligatorio que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA), quedando excluidos los alquileres que forman parte de la vivienda habitual.
  • La solicitud sólo se podrá hacer de manera telemática y el plazo para su presentación será de 20 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de la convocatoria.
  • Los autónomos societarios quedan excluidos de solicitar y recibir esta ayuda. 

El plazo máximo para resolver la petición será, según afirmaron desde la Junta de Andalucía, de dos meses, y se abonará el 100% de la ayuda a través de una transferencia a la cuenta bancaria del beneficiario. Los beneficiarios de la ayuda al alquiler por las consecuencias del Covid-19 verán el ingreso en la cuenta bancaria que indiquen y de la que deberán demostrar ser titulares.